MECANIZADOS MAXIMINO BARREIRO S.L.

PRIMERO. – ENAJENACIÓN DE BIENES INMUEBLES. SUBASTA ELECTRÓNICA.

En relación con los bienes inmuebles titularidad de la concursada, y no habiendo resultado posible la transmisión unitaria de la unidad productiva, procede acudir al mecanismo subsidiario de realización mediante subasta electrónica a través de entidad especializada, conforme a las reglas especiales de liquidación aprobadas en autos.

La entidad especializada elegida por esta Administración Concursal a través de la cual se realizará la subasta es la entidad Fortuño Gil, S.L., que desarrollará el proceso de enajenación a través de su página web: www.liquidacionentidadesespecializadas.com.

El bien inmueble objeto de enajenación se detalla a continuación:

DESCRIPCIÓN

LOCALIZACIÓN

DATOS REGISTRALES

VALOR TASACIÓN

GRAVÁMENES, TRABAS Y CARGAS

1

NAVE INDUSTRIAL (1.049,40m2)

Calle Senda de les Deu, 22, Rafelbuñol, 46138- Valencia.

Finca 5546 inscrita al tomo 2005, libro 74, folio 203, al Registro de la Propiedad de Massamagrell.

607.817,77€

Anotación embargo AEAT.

TIPO MÍNIMO

607.817,77€

La subasta tendrá lugar:

Inicio: 1 de junio de 2026 a las 18:00 horas.

Finalización: 1 de julio de 2026 a las 18:00 horas, con posibilidad de prórroga.

La hora de finalización se podrá prorrogar por periodos de tres minutos si se recibe una postura dentro del último minuto, en este caso la subasta concluirá cuando no se registren pujas durante el último periodo de ampliación de la subasta.

La subasta se celebrará con sujeción a un tipo mínimo equivalente al 50% del valor de tasación del inmueble, fijándose por tanto en la cantidad de 303.908,89€.

Para el supuesto de que la subasta quedare desierta o no se alcanzare el tipo mínimo establecido, esta Administración Concursal podrá valorar la apertura de un nuevo proceso de realización, incluso sin sujeción a tipo mínimo, si ello resultare más favorable al interés del concurso, lo que será oportunamente puesto en conocimiento del Tribunal. 

SEGUNDO. – ENAJENACIÓN DE BIENES MUEBLES. VENTA DIRECTA Y SUBASTA ELECTRÓNICA.

 

En relación con los bienes muebles inventariados, esta Administración Concursal considera que la forma de realización más adecuada y eficiente consiste en su agrupación por lotes homogéneos, atendiendo a criterios de funcionalidad, naturaleza y valor económico, todo ello con la finalidad de maximizar las posibilidades de realización y optimizar el resultado liquidatorio. 

Los lotes se han conformado de la siguiente manera:

 

LOTE 1

LOTE 1

ELEMENTO

DESCRIPCIÓN

FECHA ADQ.

VALOR ADQ.

VALOR MERC.

VALOR LIQUID.

1

TORNO PARALELO GURUZPE

 

      6.670,69 €

        6.500,00 €

       1.950,00 €

2

PUENTE GRUA USADO 5T

 

      2.374,00 €

        1.500,00 €

           450,00 €

3

ACHAFLANADORA CORTES X-51

 

         961,62 €

           500,00 €

           150,00 €

TIPO MÍNIMO

2.550€

 LOTE 2

LOTE 2

ELEMENTO

DESCRIPCIÓN

FECHA ADQ.

VALOR ADQ.

VALOR MERC.

VALOR LIQUID.

1

PLATO DIVISAOR Y UTENSILIO

 

      1.261,13 €

        1.000,00 €

              300,00 €

2

TORNO MORI SEIKI SL 25

 

   86.000,00 €

      25.000,00 €

          7.500,00 €

TIPO MÍNIMO

7.800€

LOTE 3

LOTE 3

ELEMENTO

DESCRIPCIÓN

FECHA ADQ.

VALOR ADQ.

VALOR MERC.

VALOR LIQUID.

1

SIERRA SABI MOD. EB 320

 

   15.322,80 €

        6.500,00 €

     1.950,00 €

2

TORNO MICROTOR 330 (USADO)

 

      7.212,15 €

        3.500,00 €

     1.050,00 €

3

AMORTAJADOR (USADA)

 

      2.103,54 €

        1.200,00 €

       360,00 €

4

TALADRO (USADO)

 

     3.305,57 €

       1.100,00 €

         330,00 €

5

SOPLETE ELÉCTRICO (USADO)

 

     2.494,20 €

           850,00 €

         255,00 €

6

ROSCADORA CMA RH-20

 

     3.849,36 €

       1.800,00 €

        540,00 €

TIPO MÍNIMO

4.485€€

 LOTE 4

LOTE 4

ELEMENTO

DESCRIPCIÓN

FECHA ADQ.

VALOR ADQ.

VALOR MERC.

VALOR LIQUID.

1

COMPRESOR PISTON INSONOR

 

      2.824,76 €

        1.000,00 €

       300,00 €

2

BRAZO FARO

01/03/2017

      2.710,61 €

      15.000,00 €

     4.500,00 €

3

2 MAQ. SOLDAR SPEEDTEC 505

 

      7.996,00 €

        5.000,00 €

     1.500,00 €

TIPO MÍNIMO

6.300€

 LOTE 5

LOTE 5

ELEMENTO

DESCRIPCIÓN

FECHA ADQ.

VALOR ADQ.

VALOR MERC.

VALOR LIQUID.

1

TORNO DAEWOO PUMA 200

 

 

      25.000,00 €

        7.500,00 €

2

ARENADORA SCWB-2452

 

   2.295,00 €

      3.500,00 €

        1.050,00 €

TIPO MÍNIMO

8.550€

 LOTE 6

LOTE 6

ELEMENTO

DESCRIPCIÓN

FECHA ADQ.

VALOR ADQ.

VALOR MERC.

VALOR LIQUID.

1

COMPRESOR INGERSOLL RAND ML-30

 

   5.500,00 €

        4.000,00 €

          1.200,00 €

2

PUENTE GRUA GH 20TM PINTURA

 

16.014,00 €

    16.000,00 €

          4.800,00 €

TIPO MÍNIMO

6.000€

 LOTE 7

LOTE 7

ELEMENTO

DESCRIPCIÓN

FECHA ADQ.

VALOR ADQ.

VALOR MERC.

VALOR LIQUID.

1

ASPIRADOR GRANALLA 14-02-19

 

         765,00 €

           600,00 €

          180,00 €

2

SIERRA CINTA FAT-370

27/03/2002

      5.261,85 €

        2.200,00 €

              660,00 €

3

MAQ. MORT. FELLOWS-0757

14/10/2002

   10.550,00 €

        3.500,00 €

          1.050,00 €

4

IMOCRO ANALOGICO (TESA)

 

     3.321,01 €

       2.200,00 €

             660,00 €

5

MOPRESOR COMPAIR L11

15/09/2003

     6.813,87 €

       4.000,00 €

          1.200,00 €

6

CARRETILLA CLARCK (USADA)

15/02/2006

     1.260,00 €

           600,00 €

             180,00 €

TIPO MÍNIMO

3.930€

LOTE 8

LOTE 8

ELEMENTO

DESCRIPCIÓN

FECHA ADQ.

VALOR ADQ.

VALOR MERC.

VALOR LIQUID.

1

FRESADORA SORALUCE TA

20/03/2006

    85.000,00 €

  25.000,00 €

       7.500,00 €

2

AUTOMATISMO SOLDADURA

30/03/2006

       6.847,38 €

    2.500,00 €

          750,00 €

TIPO MÍNIMO

8.250€

 LOTE 9

LOTE 9

ELEMENTO

DESCRIPCIÓN

FECHA ADQ.

VALOR ADQ.

VALOR MERC.

VALOR LIQUID.

1

TORNO DOOSAN PUMA 280

17/01/2008

    86.000,00 €

  55.000,00 €

     16.500,00 €

TIPO MÍNIMO

16.500€

 LOTE 10

LOTE 10

ELEMENTO

DESCRIPCIÓN

FECHA ADQ.

VALOR ADQ.

VALOR MERC.

VALOR LIQUID.

1

RUGOSIMETRO MITUTOYO

30/04/2008

       1.707,00 €

        450,00 €

          135,00 €

2

CARRETILLA STILL

30/12/2008

       3.475,00 €

    2.000,00 €

          600,00 €

3

SOLDADOR POWER WAVE

05/04/2011

       5.926,00 €

    2.800,00 €

          840,00 €

4

CABEZAL FRESADORA CAF

07/11/2011

       2.903,00 €

    3.000,00 €

          900,00 €

5

PUENTE GRUA 10 TM

06/02/2013

    12.500,00 €

    8.000,00 €

       2.400,00 €

TIPO MÍNIMO

4.875€

 LOTE 11

LOTE 11

ELEMENTO

DESCRIPCIÓN

FECHA ADQ.

VALOR ADQ.

VALOR MERC.

VALOR LIQUID.

1

TORNO DOOSAN PUMA 280

17/01/2008

  185.000,00 €

  70.000,00 €

     21.000,00 €

TIPO MÍNIMO

21.000€

 LOTE 12

LOTE 12

ELEMENTO

DESCRIPCIÓN

FECHA ADQ.

VALOR ADQ.

VALOR MERC.

VALOR LIQUID.

1

RECTIFICADORA MYL CPM-120 VRE

 

         181,43 €

        850,00 €

          255,00 €

2

C.MECANIZADO HARTFORT

30/03/2006

   19.000,00 €

  15.000,00 €

       4.500,00 €

TIPO MÍNIMO

4.755€

 LOTE 13

LOTE 13

ELEMENTO

DESCRIPCIÓN

FECHA ADQ.

VALOR ADQ.

VALOR MERC.

VALOR LIQUID.

1

TORNO SOLDADURA PTM

05/02/2016

       4.000,00 €

    3.000,00 €

          900,00 €

2

PRENSA HIDRAULICA EIT

09/06/2016

       2.000,00 €

    4.000,00 €

       1.200,00 €

TIPO MÍNIMO

2.100€

 LOTE 14

LOTE 14

ELEMENTO

DESCRIPCIÓN

FECHA ADQ.

VALOR ADQ.

VALOR MERC.

VALOR LIQUID.

1

CENTRO MEC. NEWAY

30/05/2022

    65.102,00 €

  55.000,00 €

     16.500,00 €

TIPO MÍNIMO

16.500€

 LOTE 15

LOTE 15

ELEMENTO

DESCRIPCIÓN

FECHA ADQ.

VALOR ADQ.

VALOR MERC.

VALOR LIQUID.

1

EQUIP. AIRE COMPRIMIDO

06/06/2022

       2.060,00 €

    1.000,00 €

          300,00 €

2

ALTILLO MECALUX

11/05/2010

       6.500,00 €

    2.800,00 €

          840,00 €

3

CABINA PINTURA / HORNO

09/03/2016

       6.500,00 €

    5.000,00 €

       1.500,00 €

TIPO MÍNIMO

2640€

 LOTE 16

LOTE 16

ELEMENTO

DESCRIPCIÓN

FECHA ADQ.

VALOR ADQ.

VALOR MERC.

VALOR LIQUID.

1

PROGRAMA CAD CAM-PR

20/12/2007

                   –   €

  17.000,00 €

       5.100,00 €

TIPO MÍNIMO

5.100€

 LOTE 17

LOTE 17

ELEMENTO

DESCRIPCIÓN

FECHA ADQ.

VALOR ADQ.

VALOR MERC.

VALOR LIQUID.

1

MORDAZAS FRESMAK

28/12/2012

        3.925,04 €

        1.600,00 €

           480,00 €

2

MORDAZAS ARNOL FRE

30/09/2014

        5.985,18 €

        2.800,00 €

           840,00 €

TIPO MÍNIMO

1.320€

  • Fase de venta directa:

Se establece una fase inicial de venta directa por plazo de tres meses, que se extenderá desde el día 6 de mayo de 2026 (fecha de la resolución que acuerda no aprobar la venta de la unidad productiva) hasta el día 6 de agosto de 2026 a las 23:59 horas.

Durante dicho periodo podrán presentarse ofertas de adquisición respecto de cualquiera de los lotes confeccionados, debiendo identificarse expresamente el lote objeto de interés, el precio ofertado y la identidad completa del oferente.

Las ofertas podrán remitirse indistintamente a la dirección de correo electrónico de la Administración Concursal o de la entidad especializada designada.

Las ofertas están sujetas a un tipo mínimo, que es el valor otorgado a efectos de liquidación.

Para el caso de que transcurrido dicho plazo no se hayan recibido ofertas, o éstas se consideren antieconómicas, se procederá a la subasta extrajudicial a través de entidad especializada.

  • SUBASTA ELECTRÓNICA.

Que a los efectos de agilizar el proceso de liquidación, para el caso de que no recibir ofertas o éstas no hayan sido aceptadas por esta Administración Concursal de algunos de los lotes confeccionados, se establece las siguientes fechas de subasta:

Inicio: 1 de septiembre de 2026 a las 18:00 horas.

Fin: 1 de octubre de 2026 a las 18:00 horas.

La entidad especializada elegida a través de la cual se realizará la subasta es la entidad Fortuño Gil, S.L., que desarrollará el proceso de enajenación a través de su página web: www.liquidacionentidadesespecializadas.com.

La subasta está sujeta a un tipo mínimo, que es el valor otorgado a efectos de liquidación.

Para el caso de que la subasta quedare desierta o la mejor puja no alcance el valor mínimo establecido, la Administración Concursal valorará la repetición de una nueva subasta, incluso sin sujeción a tipo mínimo, si ello resultare más favorable al interés del concurso, lo que será oportunamente puesto en conocimiento al Juzgado.

TERCERO. – ENAJENACIÓN DE LOS DERECHOS DE CRÉDITO. VENTA DIRECTA.

A esta Administración Concursal no le consta, en el momento actual, la existencia de derechos de crédito titularidad de la concursada susceptibles de cesión o realización independiente.

No obstante, y sin perjuicio de que la mercantil concursada continúe formalmente en activo, no se prevé la generación de nuevos derechos de crédito de entidad suficiente que justifiquen su realización autónoma.

En cualquier caso, para el supuesto de que surgiera algún derecho de crédito susceptible de transmisión durante el curso de las operaciones de liquidación, esta Administración Concursal lo pondrá inmediatamente en conocimiento del Juzgado a los efectos de proceder a su realización conforme a las reglas especiales de liquidación aprobadas en autos

CUARTO. – CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES DE LA SUBASTA ELECTRÓNICA.

Las condiciones de la subasta son las que se detallan a continuación:

(I)- La participación en la subasta implicará que los licitadores entienden las condiciones generales y particulares de la subasta.

(II). – Como criterio general, el tipo mínimo de realización se corresponderá con el valor fijado a efectos de liquidación en las reglas especiales aprobadas en autos.

Respecto del inmueble, el tipo mínimo se fija en el 50% del valor de tasación, ascendiendo a la cantidad de 303.908,89 €.

En cuanto a los bienes muebles agrupados por lotes, el tipo mínimo será el valor de liquidación asignado individualmente a cada lote.

No obstante, para el supuesto de resultar desierta la subasta o reputarse antieconómica la mejor oferta recibida, podrá acordarse la reiteración del proceso de venta sin sujeción a tipo mínimo, manteniéndose en todo caso como referencia orientativa los valores inicialmente fijados.

(III). – Consignación necesaria para participar. Para tomar parte en la subasta, los licitadores deberán constituir previamente un depósito de 5.000€ mediante ingreso en la cuenta bancaria titularidad de la entidad especializada abierta en el Banco Santander, S.A., número IBAN ES31 00149 4898 9220 1612 8891.

En el concepto de la transferencia deberá identificarse expresamente el lote respecto del cual se pretende participar y pujar, no admitiéndose consignaciones que no permitan determinar de forma clara el bien o lote objeto de la postura.

Dicha consignación tendrá carácter de garantía de seriedad y cumplimiento de la oferta formulada.

El depósito será devuelto a los postores no adjudicatarios una vez aceptada la mejor oferta por la Administración Concursal. El depósito correspondiente al mejor postor permanecerá retenido hasta la completa formalización de la transmisión.

Los acreedores privilegiados si los hubiere estarán exentos de realizar la consignación indicada.

(IV). – La venta en subasta pública se realizará en todo caso en estado de libre de cargas y gravámenes, lo que podrá materializarse con posterioridad a la adjudicación, más siempre vigente el procedimiento concursal.

A fin de favorecer el mejor resultado en el proceso de realización pública de los bienes y derechos de la masa activa, desde la aprobación judicial de las Reglas de Liquidación, la Administración Concursal podrá solicitar al Juzgado la cancelación de las anotaciones de embargo que afecten a los bienes y derechos objeto de realización.

(V). – Se entenderá aceptado expresamente por los ofertantes del estado físico y jurídico en que se encuentren los bienes objeto de subasta desde el momento de su intervención en el proceso de venta pública y sin garantías, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la venta por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter irrevocable. La venta es como cuerpo cierto.

(VI). – Los honorarios de la entidad especializada se fijan en el 5% del importe de la adjudicación para los bienes inmuebles, y en el 10% para los bienes muebles, importes que deberán ser satisfechos por el adquirente con carácter previo a la formalización de la transmisión.

(VII). – La dirección de correo electrónico que se designe a efectos de comunicaciones por los usuarios ofertantes en la página web a través de la que se realice la subasta será plenamente válida y eficaz a los efectos de cualesquiera notificaciones al usuario posteriores tanto realizados por la entidad especializada designada como por la Administración Concursal hasta la conclusión del concurso.

(VIII). – Todos los gastos e impuestos generados por la transmisión, tanto en la subasta como en la venta directa, serán a cargo de la parte compradora, incluyendo todos los gastos notariales, registrales, si los hubiera que será asumido igualmente por la parte compradora dad a la insuficiencia de liquidez de la mercantil concursada.

(IX). –  La Administración declarará aprobado el remate de la subasta a favor del mejor postor, quien deberá satisfacer el precio íntegro de la venta en el momento del otorgamiento de los documentos públicos o privados de compraventa que procedan, a cuyo acto deberá concurrir el acreedor con privilegio especial afecto para recibir el precio y otorgar los documentos precisos para la cancelación de las cargas en los registros públicos.

Corresponderá a la Administración Concursal la designación del día, hora y lugar y, en su caso, el Notario donde se otorgarán los documentos públicos o privados a través de los que se articule la compraventa.

(X).- Para el supuesto de que en cualquiera de los estados previstos para la subasta de los bienes el mejor postor designado adjudicatario de los mismos no concurriese al otorgamiento de los documentos públicos o privados que resulten necesarios para su transmisión y pago del precio de remate, la administración concursal, con independencia de su derecho a exigir las responsabilidades que procedan por su incumplimiento del antedicho postor, se fija en el 5% tipo de subasta del bien por aplicación análoga de los art. 647, 653, 655 y 669 de la LEC, sin necesidad de declaración o intimación judicial expresa, podrá tenerlo por desistido de su oferta de compra, declarando adjudicatario los subsiguientes mejores postores habidos en la subasta pública celebrada, por el orden de sus respectivas posturas.

(XI). – La Administración concursal concluida la subasta sin realización de los bienes, podrá repetir una o más veces el proceso de venta en subasta pública siempre con respeto a las bases mínimas establecidas en los apartados anteriores.

En cualquier caso, la Administración concursal se reserva la facultad de desistir de la venta pública si el resultado de la subasta, según su criterio, fuere contrario al interés del concurso.

En ningún caso se podrá desistir si el precio obtenido fuese superior al valor previsto a efectos de liquidación en las reglas especiales de liquidación

 

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