| Pujador | Importe de puja | Hora de la puja |
| m****l | 4.500,00€ | 2019-02-20 12:13:06 |
| Puja inicial | 0,00€ | 29/01/2019 09:00 |
Descripción
– Descripción completa de los bienes (no inscritos en registros públicos y no afectos al pago de créditos con privilegio especial). Los bienes se venden en un solo lote.
- Hormigonera Monofasica
- Amoladora Moni Hitachi
- Amoladora Hitachi G 23 2
- Vibrador Unicort Monofasico
- Leonardo Carrato JM 116
- Amoladora Mini Hitachi
- Cortador TS 60 Rubi
- LASER AUTOMATICO WURTH
- AMOLADORA HITACHI G23 2000WTS
- MART. TE 76 000200095
- AMOLADORA HITACHI G23 2000WTS
- MEZCLADORA MIX-60 MONOF- IMER
- CORTAAZULEJOS RUBI TX-700
- GRUA TORRE Nº J-36.0506 MAC J
- BOMBA VORTEX 100
- Soldador profes. 3.5 kg. inve
- CORTAAZULEJOS TX-900
- GRUA TORRE Nº J-4510.0563 JA
- ELEVADOR CINOMATIC k100
- HORMIGONERA INHERSA 200 L MON
- ROZADORA ELECTRICA NEUMAC 220
- CONVERTIDOR MONOF. TECHOFLEX
- REGLA VIBRADORA DE 1,5 MT MON
- MARTILLO-MWK-PFH25QEX/AZK
- GRUPO ELECTROGENO DE 7 KW TRI
- HORMIGONERA 160 LTS
- CARRETILLA ELEVADORA HYUNDAI
- ASPIRADOR MULTIUSO ERSV III
- ROZADORA MASTER MSF-180
- HIDROLIMPIADORA K7.85 MDD PLU
- LASER AUTOMATICO WLA 04
- CORTADOR C/SEPARADOR TS 50
- DUMPER AUSA D175RMSX4 Nº 1000
- MOTOSIERRA STIHL MS-181 C-BE
- Utillaje 98
- Utillaje 99
- Utillaje 2004
- Utillaje 2005
- UTILLAJE 2006
- UTILLAJE 2007
- UTILLAJE 2008
- UTILLAJE 2009
- Medios auxiliares 2007
- CORTADORA DE AGUA
- REGATEADORA DOS DISCOS
- PLUMÍN
- SIERRA CIRCULAR MADERA
- 300 PUNTALES DE 3 METROS
- 100 TABLEROS MULTICAPA
- 7 CARROS
- Aire acondicionado HYUNDAI
- CASETA SANITARIA CASVAL 2 X 1
- CONTENEDOR PARA HERRAMIENTA D
- Acond. MITSUB. ud. exterior e
- CONTENEDOR MAC 340 L
- CONTENEDOR BASCULANTE 965×148
- CONTENEDOR HERRAMIENTA 2
- Estanterías almacén
- SILLAS TP-300 GRANATES (2 sillas)
- Estanteria y sillas oficinas (4 sillas)
- MESA DESPACHO DE 1.80
- mesa despacho 1,80 y mesa 1 m
- 4 armarios oficina (200×120)
- Scanner Acer y Tarjeta U
- MONITOR SAMTRON 17″ COLOR
- ORDENADOR PIV 2.6/80/512/64+monitor
- ORD. PIV 3.0/80/512/128 + monitor
- IMPRESORA BROTHER 6490CW
– Valoración, en euros, de los bienes respecto de los cuales se celebrará la subastilla: 7.580,00 €.
– Persona que va a presidir la subastilla y encargada de redactar el Acta de la misma: Al ser una subasta electrónica, las pujas se protocolizarán por Notario.
– Si existen o no títulos de propiedad de los bienes y lugar donde están depositados. No procede, puesto que se trata de bienes muebles.
– Estado posesorio de los bienes y si están o no ocupados por la concursada o terceros y clase de ocupación. Los bienes no se encuentran ocupados por terceros, sino que están en posesión de la concursada.
– Publicidad que vaya a darse al anuncio de la subastilla independiente y además de la publicación de Edicto en el tablón de anuncios de este Juzgado, todo ello con, al menos, veinte días de antelación a la subastilla: la publicidad propia de la página web en que se celebrará la subasta.
– Si la venta se realiza con subsistencia del gravamen y subrogación o libre de cargas. La venta lo es libre de cargas y gravámenes, y no consta la existencia de afección al pago de créditos con privilegio especial.
– Si los licitadores deben efectuar algún depósito para participar en la subastilla, porcentaje del mismo y el destino del depósito efectuado, en su caso. No se precisa la realización de depósito alguno para intervenir en la subasta.
– Si se fija postura mínima para la aprobación del remate. El tipo a efectos de subasta será, al menos, el establecido como “valor a efectos de liquidación” en la relación de bienes indicado anteriormente.
Todos los gastos de la venta pública y los derivados de la cancelación de cargas y anotaciones registrales tanto de embargos como dimanantes del concurso (incluidos los gastos de gestión de la venta de la entidad especializada y la protocolización de pujas), serán de cuenta y cargo de la parte compradora. Los gastos correspondientes a la prestación los servicios de la entidad especializada serán del 20 % del precio de adjudicación.
Igualmente serán de cuenta de la parte compradora todos los impuestos y gastos de desmontaje y traslado de los bienes, así como la reparación de las instalaciones que resulten necesarias para la entrega de los mismos al adjudicatario.
– El plazo que dispondrá el mejor postor para completar el precio del remate. En el momento de otorgar el documento de venta.
– Cuantos datos y circunstancias considere oportuno que deban conocer los eventuales postores y sean convenientes para la mayor efectividad de la subastilla: son los que se desprenden del escrito presentado con fecha 30/11/2018 y que no se han indicado en los apartados anteriores:
– La Administración Concursal, en su caso, será la encargada de solicitar del Juzgado la cancelación de las anotaciones de embargo que afecten a los bienes y derechos objeto de realización.
– Se entenderá aceptado expresamente por los postores el estado físico y jurídico en que se encuentren los bienes objeto de subasta desde el momento de su intervención en el proceso de venta pública, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la venta por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter irrevocable.
– No se aceptarán posturas por elementos individuales del lote, si bien el precio total se distribuirá entre los distintos elementos que lo integran a prorrata del valor a efectos de liquidación que cada uno tiene atribuido en el inventario de bienes del Plan de Liquidación.
– La AC declarará aprobado el remate de la subasta a favor del mejor postor, quien deberá satisfacer el precio íntegro de la venta de contado en el momento del otorgamiento de los documentos públicos o privados de compraventa que procedan.
– Para el supuesto de que en cualquiera de los estados previstos para la subasta de los bienes el mejor postor designado adjudicatario de los mismos no concurriese al otorgamiento de los documentos públicos o privados que resulten necesarios para su transmisión y pago del precio de remate, la administración concursal, con independencia de su derecho a exigir las responsabilidades que procedan por incumplimiento del antedicho mejor postor (en la forma que se establezca en las bases y condiciones de intervención en la subasta pública que como mínimo se fijarán en el 20% del tipo de subasta del bien por aplicación analógica de los arts. 647, 653, 655 y 669 de La Ley de Enjuiciamiento Civil), sin necesidad de declaración o intimación judicial expresa, podrá tenerlo por desistido en su oferta de compra, declarando adjudicatario los subsiguientes mejores postores habidos en la subasta pública celebrada, por el orden de sus respectivas posturas.
La suscripción por la AC de los documentos públicos o privados precisos para la consumación de las ventas, se entenderá aprobado judicialmente a los efectos de lo establecido en el art. 641.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil sin necesidad de resolución expresa del juzgado.
– En todo caso la AC se reserva la facultad de desistir de la venta pública si el resultado de la subasta, según su criterio, fuere contrario al interés del concurso. En ningún caso se podrá desistir si el precio obtenido fuese superior al valor previsto a efectos de liquidación en el plan de liquidación.
– La AC, finalizada la subasta sin la realización de los bienes, podrá declarar fallidos los bienes o repetir una o más veces el proceso de venta en subasta pública siempre con respeto a las bases mínimas establecidas en los apartados anteriores.
Las fotografías son ejemplificativas.


































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