| Pujador | Importe de puja | Hora de la puja |
| i**************a | 100,00€ | 2022-07-26 17:54:36 |
| Puja inicial | 0,00€ | 29/06/2022 10:00 |
Descripción
– Descripción de los bienes:
| Descripción | VALOR DE LIQUIDACIÓN | ||
| MAQUINA OFFSET DE 1 COLOR | 2400 | ||
| DISCO OPTICO FUJITCO 128 MB | 0 | ||
| MAQUINA OFFSET GESTTETNER | 0 | ||
| MAQUINA MENERVA | 0 | ||
| MAQUINA PERFORADORA PIJOAN | 27,95 | ||
| GRAPADORA ELECTRICA BOSCH | 12,31 | ||
| GRAPADORA RADIP 106 | 88,00 | ||
| KOMPAC GTO 52 | 0 | ||
| KOMPAC ABDICH | 0 | ||
| ENCUADERNADORA ESPIRAL ME 21 | 34,35 | ||
| MESA LUZ ANAKA | 90,15 | ||
| PERFORADORA BACHER 2000 | 150,25 | ||
| PLEGADORA EUUROFLOC | 200 | ||
| PLEGADORA GRAPADORA FOLNAK | 100 | ||
| MAQUINA TALADR. HENDID. +PEINE | 100 | ||
| GUILLOTINA FRONTAL 2008 | 994,40 | ||
| LAMINADORA VANSDA 06-2008 | 138,72 | ||
| PEINE PERFORADOR ESPIRAL S340 | 48,70 | ||
| PROCESADORA PLANCHAS CTP | 3.200,00 | ||
| NUMERADOR SMLL FORSISTEMS | 50,45 | ||
| CARRO CA/1006/1 MECALUX 12/02 | 20,80 | ||
| ASPIRADOR FAGOR VC180 | 0 | ||
| TRASPALETA MANUAL | 36,00 | ||
| OTRAS INSTALACIONES | 0 | ||
| ESTANTERIAS METALICAS DE PAPEL | 52,54 | ||
| MOBILIARIO Y ENSERES | 200 | ||
| ARCHIVADOR 4 CAJONES | 18,84 | ||
| ESTANTERIAS CARTULINA | 0 | ||
| MESA HEILDERBERG | 0 | ||
| AIRE BALAY | 0 | ||
| ELEMENTOS PARA PROCESOS INFORMT. | 400 | ||
| IMPRESORA LASER WRITER PRO 630 | 100 | ||
| DISCO OPTICO 230 MB IMATICA | 0 | ||
| ORDENADOR POWER MACINTOSH 9600 | 0 | ||
| IMPRESORA EPSON ESTILUS 3000 | 0 | ||
| ORDENADOR IMPRESORA CONTABILIDAD | 100 | ||
| IMPRESORA HP 2100 TN | 0 | ||
| ORDENADOR POWER MAC 2ª MANO | 0 | ||
| ORDENADOR DUAL G5 12/2003 | 150 | ||
| MAC POWER Y EQUIPOS INFORMAT. | 0 | ||
| ORDENADOR INMA | 0 | ||
| ORDENADOR PCS INTER 10/07 | 0,00 | ||
| CENTRALITA | 0 | ||
| LICENCIA GESTWIN | 0 | ||
| IMPRESORA LASER KYOCERA | 0 | ||
| OTRO INMOVILIZADO | 0 | ||
| CAFETERA MOKA 2005 | 16,81 |
Total: 8730,27 euros.
Condiciones de la subastas:
– Lugar y fecha de celebración de la subasta: www.liquidacionentidadesespecializadas.com, titularidad de la entidad Fortuño Gil, S.L.
Comenzará el 29 de junio de 2022 a las 12:00 horas, y concluirá el día 29 de julio de 2022 a las 12:00 horas.
– Persona que va a presidir la subastilla y encargada de redactar el Acta de la misma: las pujas. Al ser una subasta electrónica, se dejará constancia de las pujas mediante certificado de la entidad gestora de la subasta.
Los bienes serán enajenados en un único lote.
– Los bienes se encuentran en posesión de la concursada.
– La venta lo es libre de cargas y gravámenes.
– Para intervenir en la subasta será necesario realizar un depósito del 5% (436,50 euros) del valor de los bienes en la cuenta de la concursada nº ES16 3110 2812 7127 2000 1353.
– La subasta se realizará sin sujeción a tipo.
– La subasta será publicitada en la página web en que se celebra la subasta, pudiendo ésta, así como la Administración Concursal realizar los actos de publicidad adicionales que estimen pertinentes.
– Otros datos y circunstancias relevantes en relación a la subasta:
* No se establece la ampliación de la hora de finalización de la subasta por ninguna circunstancia.
* No existirán precios mínimos de venta.
* Se entenderá aceptado expresamente por los ofertantes el estado físico y jurídico en que se encuentren los bienes objeto de subasta desde el momento de su intervención en el proceso de venta pública, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la venta por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter irrevocable.
* Los honorarios correspondientes a la prestación de los servicios de la entidad especializada serán del 5% del importe de adjudicación y serán abonados por la parte adquirente, que deberá justificar su pago en el momento de formalización de la compraventa.
* Todos los gastos de la venta pública y los derivados de la cancelación de cargas y anotaciones registrales, serán de cuenta y cargo de la parte compradora.
* Finalizados dichos trámites, la Administración Concursal procederá a la adjudicación de los bienes a quienes hayan resultado ser el mejor postor.
* Para el supuesto de que, en cualquiera de los estados previstos para la subasta de los bienes, el mejor postor designado adjudicatario de los mismos, no hiciese frente al pago del precio de remate, con independencia del derecho de la Administración Concursal de exigir las responsabilidades que procedan por incumplimiento del antedicho mejor postor, se declarará adjudicatario a los subsiguientes mejores postores habidos en la subasta pública celebrada, por el orden de sus respectivas posturas.
* El mejor postor podrá ceder el remate, siempre que comunique a la Administración Concursal la identidad y datos del rematante en el plazo de diez días naturales desde que se le comunique que su oferta ha sido la más alta (ya sea tras la finalización de la subasta inicial o tras la celebración de la subastilla).
* La adjudicación de los bienes se entenderá realizada con la expedición de la factura de venta por parte de la Administración Concursal.
* El pago se realizará al contado, en el plazo máximo de 5 días desde la remisión de la correspondiente factura.
* Los honorarios de la entidad especializada serán abonados en el mismo plazo.
* No podrá procederse a la entrega de la posesión de los bienes hasta en tanto no se hayan abonado las citadas cantidades (precio de la venta y precio de gestión de la subasta).
* En cualquier caso la Administración Concursal se reserva la facultad de desistir de la venta pública si el resultado de la subasta, según su criterio, fuere contrario al interés del concurso. En ningún caso se podrá desistir si el precio obtenido fuese superior al valor previsto a efectos de liquidación en el plan de liquidación.
EN CASO DE CONTRADICCIÓN ENTRE LA INFORMACIÓN INDICADA Y LA OBRANTE EN EL EXPEDIENTE JUDICIAL DEL QUE DERIVA LA PRESENTE SUBASTA, PREVALECERÁ LA JUDICIAL. LOS INTERESADOS ASUMEN Y DECLARAN CONOCER DICHA INFORMACIÓN Y SE SOMETEN A LO ESTABLECIDO EN LA LEGISLACIÓN EN MATERIAL CONCURSAL A TODOS LOS EFECTOS.
* La imagen del producto no se corresponde con el inmueble concreto, sino que es una mera representación.












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